Pero por supuesto.
Pero esto solo se aplica a organizaciones específicas; entidades legales.”
A ninguna religión se le otorga un estado exento de impuestos porque una religión no es una entidad legal; es solo una opinión o un conjunto de creencias.
Pero una iglesia puede estar exenta de impuestos, si la presenta y se aprueba. Por lo tanto, la religión del catolicismo romano no tiene ningún tipo de impuesto. Y los católicos romanos no tienen un viaje gratis con el tío Sam. SIN EMBARGO, la organización de la iglesia, puede estar exenta de impuestos si se presenta y se aprueba.
- ¿Crees que el hombre tiene derecho a amar a quien quiere amar pero también a no creer en el matrimonio entre personas del mismo sexo?
- ¿Crees en los presagios? ¿Por qué?
- ¿Los testigos de Jehová creen que Cristo regresó a la Tierra de manera invisible en 1914 y ahora gobierna desde el cielo?
- ¿Por qué la gente cree a sus propios Dioses o profetas, no a otros?
- ¿A quién adoraban los hombres de las cavernas? ¿Creen en un poder superior?
Del mismo modo, el ateísmo, como punto de vista, no obtiene exención de impuestos, ni los ateos. Pero una organización atea puede obtener (y muchos tienen) un estado exento de impuestos.
Todo lo anterior se refiere al IRS.
Pero, ¿qué pasa con los impuestos locales a la propiedad? Aquí, la situación se vuelve un poco más oscura. La exención fiscal y la desgravación fiscal se otorgan total o parcialmente de acuerdo con numerosos criterios, que pueden incluir zonas de desarrollo económico, estatus como veterano, servicios de transporte esenciales (aeropuertos, estaciones de ferrocarril) y otros.
Aquí hay una página de la Oficina del Asesor Fiscal del Estado de Nueva York que le da un vistazo:
Manual del Asesor, Volumen 4, Administración de exenciones, Índice de materias
En general, pero no siempre, la localidad seguirá la forma con el IRS. Es en estas regulaciones y códigos locales (para cada estado, condado y ciudad del país) donde se puede encontrar cualquier discriminación, SI se encuentra alguna.
Así que consideremos el caso de un club ateo local, cuyos miembros se reúnen para discutir asuntos de interés mutuo. Compran algunas propiedades y crean su club. ¿Es eso suficiente para calificarlos como exentos de impuestos? Probablemente no, muy diferente de un club social privado. La protección fiscal de una casa de culto probablemente será más fácil debido a un sesgo histórico que favorece a las iglesias. Sin embargo, si el club demuestra que están cumpliendo un propósito social digno y reciben la bendición del IRS, probablemente también estarán exentos localmente. Aquí es donde está la “acción”, a nivel local.
Ahora, de hecho, las organizaciones que solicitan exención de impuestos a menudo usan un contador o abogado para ayudar a navegar el proceso. Entonces, incluso en una pequeña ciudad en medio del Cinturón Bíblico, cualquier grupo valiente de ateos que pueda estar allí (y que Dios bendiga sus pequeños corazones de guisantes) probablemente obtendrá su exención. Pero si NO lo hacen, prepárese para las luces, la cámara y la acción mientras la ACLU, los ateos estadounidenses y muchos otros se enfrentan a los yokels locales en la corte. Y los yokels perderán.
Entonces, las organizaciones ateas, debidamente conformadas a los requisitos del IRS, ya están exentas de impuestos. No hay necesidad de un caso filosófico, para ello.
Espero que ayude.