Bueno, desde una perspectiva estadounidense, con respecto al menos a los musulmanes en este país, diría que su nivel personal de apoyo a la Sharia es en gran medida irrelevante para saber si pueden o no ser deportados. Hay leyes de inmigración que cubren eso; no leyes sobre lo que las personas pueden o no pueden creer o apoyar personalmente.
Pueden ser deportados si están aquí ilegalmente (por ejemplo, habiendo excedido una visa de trabajo, o si han llegado y permanecido aquí de manera ‘indocumentada’).
Si son titulares de una tarjeta de residencia (en los EE. UU. Esto significa un residente legal permanente, aunque uno que nunca tomó o obtuvo la ciudadanía plena), entonces todavía son técnicamente deportables, pero solo bajo ciertas circunstancias. Aquí hay una lista de esas circunstancias: Motivos de deportabilidad: cuándo se pueden eliminar los residentes legales de EE. UU.
Sin embargo, un elemento en esa lista que tal vez podría aplicarse a este tema sería si el residente legal (no ciudadano) de los EE. UU. ” Ha participado o parece probable que participe en actividades terroristas , o ha incitado a actividades terroristas , o es un representante [de] una organización o grupo terrorista que respalda o defiende la actividad terrorista , o es miembro de una organización terrorista (a menos que la persona demuestre que no tenía idea de sus objetivos terroristas), o respalda o defiende la actividad terrorista o persuade otros para hacerlo , o ha recibido capacitación de tipo militar de parte de una organización terrorista o en su nombre , o es el cónyuge o hijo del terrorista, si la actividad relevante tuvo lugar en los últimos cinco años “.
En ese momento, un residente legal permanente de los EE. UU. (Aunque no ciudadano de pleno derecho) podría estar en riesgo de deportación, presumiblemente.
En tal ejemplo, podríamos suponer que el individuo en cuestión sería el tipo de musulmán que estaría en apoyo personal de (bajo su versión de ‘circunstancias ideales’) la implementación completa de la Sharia. En la medida en que no solo se trata de cuestiones de origen civil, como divorcios, herencias, custodia de los hijos, otros asuntos no relacionados con el delito, etc., sino también el delito y la pena de la Sharia con respecto a los delitos de base religiosa (al menos para los musulmanes si no otros). Tales como flagelaciones por varias razones, posibles penas de muerte por ciertos ‘delitos’ relacionados con el sexo, amputaciones por robo, muerte potencial por apostasía, etc.
Y realmente creo que este ^^^ es el ‘tipo’ de Sharia que muchos o la mayoría de los no musulmanes encuentran más atemorizantes o espantosos. A diferencia de los tribunales de tipo civil (por musulmanes y para musulmanes) que pueden resolver su propia familia personal no criminal u otro tipo de disputas o problemas. Realmente no hay nada tan aterrador o malo en eso, si lo piensas. Y así es como Sharia termina funcionando hoy en día, en mayor o menor medida, en muchos (aunque no todos) países de mayoría musulmana.
Además, este tipo de ‘sharia’ civil ‘no es necesariamente aplicable para los no musulmanes en todos los países de mayoría musulmana (aunque tal vez en algunos lo sea). Ver: Aplicación de la ley islámica por país – Wikipedia
Este tipo de Sharia civil, por así decirlo, funcionaría más como, por ejemplo, un Beth Din (una “corte religiosa” judía ortodoxa); que maneja casos civiles ( no penales / no ‘castigos religiosos’) dentro de la comunidad judía ortodoxa.
Pero, por supuesto, un Beth Din tampoco puede hacer nada que vaya en contra de la ley secular general de la tierra en cualquier país en el que se encuentre. Lo mismo sería (o es) cierto para los musulmanes que desean utilizar una especie de sharia de estado civil o personal dentro o entre sus propias comunidades en una tierra no islámica.
Por lo tanto, no, creo que sería una declaración demasiado amplia decir que cualquier musulmán que ” apoya la sharia ” debería ser “deportado”.
En primer lugar, echa de menos el hecho de que (en general, en la mayoría de los países) las personas nacidas en el país y / o los ciudadanos naturalizados no son realmente deportables (en los Estados Unidos, los ciudadanos naturalizados son teóricamente deportables, pero es muy raro).
Por lo tanto: deportar a donde exactamente?
En segundo lugar, me aventuraría a que muchos musulmanes practicantes creyentes en todo el mundo tendrían que decir, si se les presiona, que en su opinión en un tipo de sociedad “ideal”, las leyes están al menos vagamente “basadas en” la ley islámica o en línea con la islámica pautas Y eso (si nada más) al menos una Sharia de estado personal de base civil, como se describió anteriormente, sería deseable para su comunidad. No vas a encontrar a muchos musulmanes practicantes creyentes que realmente van a decir, “tienes razón, Shariah es ridícula, no tiene lugar en ningún lado hoy en día”.
Los más “extremos” o puritanos entre ellos pueden favorecer la Sharia completa en lo que respecta a todo tipo de delitos y castigos, incluidos los delitos religiosos, etc. Pero aún así, en un país libre (-er), simplemente sosteniendo ese tipo de La creencia, en sí misma, no es realmente motivo de deportación.
Aquí en este país tenemos muchos tipos diferentes de grupos marginales o radicales que posiblemente tengan (probablemente) diversos tipos de puntos de vista e ideas antidemocráticos o incluso potencialmente subversivos sobre cómo este país debería ser idealmente dirigido (por ejemplo, la extrema derecha radical , la extrema izquierda radical, los islamistas, quizás ciertos tipos de fundamentalistas cristianos, etc. Pero no podemos tratar de deportarlos a todos, simplemente basados en ciertas creencias personales aterradoras (admitidamente objetables) que pueden tener.
Si una persona que no es ciudadana nativa o naturalizada intenta actuar de acuerdo con esas creencias de alguna manera y es detenida en la comisión o intento de comisión de un delito (o acto terrorista), entonces esa persona podría ser deportable. O, incluso si es un ciudadano naturalizado aquí, tal vez podría ser “desnaturalizado” y eventualmente deportado después de pasar tiempo en prisión, por ejemplo.
Pero simplemente mantener creencias objetables, digamos, incluso un musulmán que simpatiza personalmente con ISIS (pero que nunca haría nada para actuar o incitar a otros a hacerlo), no es realmente motivo de detención o deportación, incluso si el persona no es un ciudadano nacido naturalizado o naturalizado.