¿Es ilegal ir a los servicios de la iglesia e interrumpirlos?

Es ilegal en casi todas partes; depende de dónde se encuentre en cuanto a lo que podría ser acusado. Algunos estados de EE. UU. Tienen una legislación específica en su contra, como Nueva York; PEN § 240.70 Interferencia criminal con servicios de salud o culto religioso en segundo grado

1. Una persona es culpable de interferencia criminal con los servicios de salud o culto religioso en segundo grado cuando:

(c) por la fuerza o amenaza de fuerza o por obstrucción física, él o ella intencionalmente lesiona, intimida o interfiere con, o intenta herir, intimidar o interferir con otra persona porque esa persona estaba o está buscando ejercer el derecho religioso libertad en un lugar de culto religioso.

Algunos países tienen leyes nacionales en su contra; En Canadá, por ejemplo, hay una sección del Código Penal (176) que se ocupa específicamente de la perturbación u obstrucción de los clérigos / servicios religiosos.

  • 176 (1) Todo aquel que (a) por amenazas o fuerza, obstruye ilegalmente o impide o se esfuerza por obstruir o impedir que un clérigo o ministro celebre el servicio divino o realice cualquier otra función en relación con su llamado, o (b) sabiendo que un clérigo o ministro está a punto de desempeñarse, está en camino de desempeñarse o regresa del desempeño de cualquiera de los deberes o funciones mencionados en el párrafo (a) (i) asaltos u ofrecimiento de violencia, o (ii) arrestos él en un proceso civil, o bajo el pretexto de ejecutar un proceso civil, es culpable de un delito procesable y puede ser encarcelado por un período no superior a dos años.
  • Nota marginal: perturbar el culto religioso o ciertas reuniones (2) Todo aquel que deliberadamente perturbe o interrumpa una reunión de personas reunidas para el culto religioso o con un propósito moral, social o benevolente es culpable de un delito punible con condena sumaria.
  • Nota marginal: Ídem (3) Toda persona que, en o cerca de una reunión mencionada en la subsección (2), intencionalmente hace algo que perturbe el orden o la solemnidad de la reunión es culpable de un delito punible con condena sumaria.

La mayoría de las jurisdicciones tienen ordenanzas contra la perturbación de la paz. Y debido a que una iglesia no es propiedad pública, se le puede pedir que se vaya. Si se niega a irse, podría ser acusado de intrusión.

Sí, estás en propiedad privada.

Disturbando la paz. Suele ser un delito menor.

John Corey, gracias por la información. Mi primera respuesta fue que, no, no es ilegal, pero eres un agujero ** si lo haces. Es bueno saber que alguien podría ser acusado de algo. Mi mayor preocupación sería que cualquiera que interrumpa un servicio de adoración planee algún tipo de violencia. Estoy a unas 80 millas de Sutherland Springs, TX, y todos sabemos lo que sucedió allí.

En Brasil, es ilegal y también es un delito que perturba o prohíbe cualquier forma de culto religioso.

sería grosero y desordenado, pero podría ser acusado de un delito menor por conducta desordenada dependiendo de lo que hiciste.