¿Todas o la mayoría de las tradiciones jurídicas no occidentales comparten algunas características comunes? ¿Hasta qué punto son conciliables con las tradiciones legales occidentales?

La ley occidental se basa en la antigua ley romana.

Pero tenemos que distinguir entre el derecho inglés y el derecho estadounidense, que es “occidental” pero no necesariamente el mismo que el derecho europeo en general.

El derecho inglés y estadounidense se basa en un sistema de “precedentes”.

Los sistemas legales en algunos otros países en el “Oeste” no siempre se basan en un sistema de “precedentes”.

Por supuesto, hay en los EE. UU. Un sistema federal y sistemas estatales.

La idea de “precedentes” es un sistema en el cual los jueces basan cualquier decisión actual, en decisiones pasadas en casos similares o similares.

Si un juez tiene la intención de “romper” con la costumbre de seguir decisiones anteriores en casos similares (el precedente o “caso anterior”), el juez debe dar razones claras para establecer un nuevo precedente.

Esto permite un sistema en el que las buenas razones son consistentes para todos en cualquier decisión legal.

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