¿Pueden todos los negocios musulmanes trabajar en el mercado de divisas? ¿Forex es halal o haraam?

Gracias y Dua por tu pregunta

Estoy publicando un FATWA sobre el negocio FOREX para comerciantes musulmanes por ISLAMQA

He marcado algunos puntos importantes en negrita

106094: Decisión sobre el comercio de divisas en el sistema FOREX y el pago de tarifas por retrasar el trato

Pregunta:

¿Está permitido operar en divisas en el mercado de divisas (forex) a través de Internet? ¿Cuál es su opinión sobre el tema de tabiyeet (estipulando interés por no usar el acuerdo el mismo día)? ¿Cuál es también su opinión sobre el proceso de compensación que consiste en retrasar la presentación de uno o dos días después de que finalice el contrato?

Responder:

Alabado sea Allah.

Está permitido negociar en divisas si el acuerdo se realiza mano a mano y la transacción está libre de condiciones que estipulan riba, como la estipulación de tarifas por retrasar el acuerdo, que es un interés que se cobra al inversor si no lo hace. tomar una decisión sobre el acuerdo el mismo día.

Con respecto a los honorarios por retrasar el acuerdo y comerciar con márgenes, el Consejo Islámico de Fiqh emitió una declaración al respecto, que dice lo siguiente:

El Consejo Fiqh Islámico de la Liga Mundial Musulmana, en su decimoctava sesión que se celebró en Makkah al-Mukarramah del 10 al 14/3/1427 AH (8 al 12 de abril de 2006 CE), ha examinado el tema del comercio de márgenes, que significa que el cliente paga una pequeña cantidad del valor de lo que quiere comprar, lo que se llama un “margen”, y el agente (el banco o no) paga el resto como un préstamo, siempre que el contrato de compra permanezca en el nombre del agente como prenda por el dinero prestado.

Después de escuchar la investigación que se ha presentado y la discusión detallada sobre este tema, la opinión del consejo es que esta transacción implica lo siguiente:

1 – Tratar de comprar y vender con fines de lucro, y este trato generalmente se realiza en las principales monedas o certificados financieros (acciones y bonos) o algunos tipos de productos, y puede incluir el comercio de opciones, futuros y los índices de los principales mercados

2 – Préstamos, que se refiere al dinero otorgado por el agente al cliente directamente si el agente es un banco, oa través de un tercero si el agente no es un banco.

3 – Riba, que ocurre en esta transacción en forma de tarifas por retrasar el trato. Este es el interés que se cobra al comprador si no toma una decisión el mismo día, y que puede ser un porcentaje del préstamo o un monto fijo.

4 – Comisión, que es el dinero que obtiene el agente como resultado de la negociación del inversor (cliente) a través de él, y es un porcentaje acordado del valor de la venta o compra.

5 – El compromiso, que es un compromiso firmado por el cliente que acuerda dejar el contrato con el agente como un compromiso de préstamo, otorgándole el derecho de vender estos contratos y recuperar el préstamo si las pérdidas del cliente alcanzan un porcentaje específico de el margen, a menos que el cliente aumente la promesa para compensar una caída en el precio del producto.

El Comité cree que esta transacción no está permitida según sharee’ah por las siguientes razones:

En primer lugar: se trata de una riba obvia, que está representada por la suma del monto del préstamo que se llama “pagar tarifas por retrasar el acuerdo”. Este es un tipo de haraam riba. Allah dice (interpretación del significado):

“¡Oh tú que crees! Teme a Allah y abandona lo que queda (debido a ti) de Ribaa (de ahora en adelante) si eres (realmente) creyente.

279. Y si no lo haces, toma nota de la guerra de Allah y Su Mensajero, pero si te arrepientes, tendrás tus sumas capitales. Trate no injustamente (pidiendo más que sus sumas de capital), y no será tratado injustamente (recibiendo menos de sus sumas de capital) ”

[al-Baqarah 2: 278-279]

En segundo lugar: el agente estipula que el cliente debe negociar a través de él, lo que lleva a combinar tanto otorgar un préstamo por algo a cambio como pagar una comisión, lo que es similar a combinar otorgar un préstamo y vender al mismo tiempo, lo que está prohibido en Sharee ‘ ah porque el Mensajero (que la paz y las bendiciones de Allah sean con él) dijo: “No está permitido dar un préstamo y vender al mismo tiempo …” El hadiz fue narrado por Abu Dawood (3/384) y al-Tirmidhi ( 3/526), ​​quien dijo que es un hadiz hasan saheeh. En este caso se ha beneficiado de su préstamo, y los fuqaha ‘están de acuerdo por unanimidad en que cada préstamo que trae un beneficio es haraam riba.

En tercer lugar: los tratos que se realizan de esta manera en los mercados mundiales generalmente implican muchos contratos que están prohibidos de acuerdo con sharee’ah, tales como:

1- Negociación de bonos, que viene bajo el título de riba que es haraam. Esto se afirmó en una resolución del Consejo Islámico de Fiqh en Jeddah, no. 60, en su sexto período de sesiones.

2- Negociación indiscriminada de acciones de la compañía. La cuarta declaración del Consejo Islámico Fiqh de la Liga Mundial Musulmana en su decimocuarta sesión en 1415 AH declaró que es haram negociar las acciones de compañías cuyos propósitos principales son haram, o algunos de sus tratos involucran a riba.

3- La venta de monedas generalmente se realiza sin el intercambio mano a mano, lo que las hace permisibles de acuerdo con la sharee’ah.

4- Negociación de opciones y futuros. Una resolución del Consejo Fiqh Islámico en Jeddah no. (63), en su sexta sesión, declaró que las opciones no están permitidas de acuerdo con la sharee’ah, porque el objeto de negociar en estos contratos no es dinero o servicios o una obligación financiera que está permitido intercambiar. Lo mismo se aplica a los futuros y la negociación de índices.

5- En algunos casos, el agente está vendiendo algo que no posee, y la venta de lo que no posee está prohibida en sharee’ah.

Cuarto: esta transacción implica un daño económico a las partes involucradas, especialmente al cliente (inversionista), y a la economía de la sociedad en general, porque se basa en pedir prestado en exceso y asumir riesgos. Tales asuntos usualmente involucran engaños, engaños, rumores, acaparamiento, inflación artificial de precios y fluctuaciones rápidas y fuertes de los precios, con el objetivo de enriquecerse rápidamente y adquirir los ahorros de otros de manera ilegal. Por lo tanto, viene bajo el encabezado de consumir ilegalmente la riqueza de las personas, además de desviar la riqueza de la sociedad de la actividad económica real y fructífera a este tipo de riesgo que no tiene ninguna ventaja económica, y puede conducir a una grave crisis económica que causará grandes pérdidas y daño en la sociedad.

Fin de la cita de Majallat al-Majma ‘al-Fiqh al-Islami, número no. 22, p. 229.